Las
normas internacionales relacionadas a la seguridad, salud y
condiciones en el trabajo (Parte II)
Dos
convenios internacionales y sus respectivas recomendaciones, se
constituyen en el marco de acción sobre el cual la Organización
Internacional del Trabajo (International Labour Organization en
idioma inglés) define sus políticas en relación a la seguridad y
salud en el trabajo.
¿Cuáles
son los convenios y recomendaciones base de la Organización
Internacional del Trabajo en relación a la seguridad y salud en el
trabajo?
Convenio
No. 155 y Recomendación No.164
EI
Convenio No. 155 y su Recomendación No. 164 sobre Salud de los
Trabajadores adoptados en 1981, establecen por primera vez a nivel
internacional, las bases de una política nacional en materia de
seguridad y salud en el trabajo. Ésta cubre todos los sectores de
actividad y a todos los trabajadores, con el propósito de establecer
un sistema coherente y completo para la prevención de los riesgos en
el trabajo, las lesiones por accidente y las enfermedades
profesionales en las empresas.
Establecen
también las responsabilidades de empleadores, trabajadores y
autoridades competentes.
Convenio
No. 161 y Recomendación No. 171
EI
Convenio No. 161 y su Recomendación No. 171 relacionados sobre los
Servicios de Salud en el Trabajo, adoptados en 1985, se aplican en
complemento con el Convenio No. 155 y disponen que los servicios de
salud en el trabajo deben ser establecidos progresivamente para todos
los trabajadores en todos los sectores de actividad económica.
Los
servicios señalados deben cumplir fundamentalmente funciones de
carácter preventivo en las áreas de salud y seguridad en el trabajo
y son responsables de brindar asesoramiento a empleadores,
trabajadores y sus representantes en relación a:
- Los requisitos para establecer y mantener un ambiente de trabajo seguro y saludable que favorezca la salud física y mental de los trabajadores en relación con el trabajo.
- La adaptación del medioambiente y las condiciones de trabajo a los trabajadores.
- La prevención y control de accidentes y enfermedades del trabajo, y la promoción de la salud integral de los trabajadores.